Puntos del carnet ¿cuántos me pueden quitar en un día?

Miguel Lorente     5 febrero 2021     3 min.
Puntos del carnet ¿cuántos me pueden quitar en un día?

Despejamos la duda acerca de cuántos puntos te pueden quitar en un día y si es posible o no perder el saldo del carnet

La seguridad vial tiene en la educación vial el canal para formar, modificar, reeducar y poner sobre el asfalto el mayor número de personas altamente cualificadas y capacitadas que dispongan con la licencia para conducir bajo las mejores condiciones formativas porque, para perder todos los puntos del carné de conducir en un solo día ya estarán los otros.

Año a año y, a pesar de la controversia y del contexto vivido, 2020 no será tampoco el año en que se consiga el objetivo de ningún fallecido ni herido en carretera, las sanciones y multas de tráfico que acarrean la sustracción de puntos sigue sin ser la piedra angular para la reducción drástica del horror y tragedia que supone la pérdida de un ser querido en accidente de tráfico pero tampoco de las conductas más espantosas, irresponsables y temerarias que pueden acarrear quitar la mayor cantidad de puntos posibles del carnet de conducir.

Multa De Trafico 3

Estas sanciones vienen específicamente recogidas, como es de recibo, en los textos legales de referencia. Según la Ley de Seguridad Vial se recoge que un conductor no podrá ser sancionado en un mismo día con la sustracción de un acumulado superior a 8 puntos del saldo virtual de puntos de su carne pero también contempla una excepción a esta normal.

¿Cómo y cuándo se pueden perder todos los puntos del carnet?

Y la singularidad viene expresamente articulada según el apartado 4 del artículo 64 de la Ley de Seguridad Vial. En este texto se expone que es factible sumar todos los puntos restados, ergo, quitar el acumulado de las sanciones en caso de que:

Los conductores no perderán más de ocho puntos por acumulación de infracciones en un solo día, salvo que concurra alguna de las infracciones muy graves a que se refieren los párrafos a), c), d), e), f), g), h) e i) del artículo 77, en cuyo caso perderán el número total de puntos que correspondan.

De una parte, esto viene a decir que, aunque las sanciones sean graves, no es legalmente viable perder más de 8 puntos del carnet en un día. Pero, en caso de que las conductas denunciadas queden acogidas a lo que la ley establece como muy graves, la autoridad competente podrá restar cada una de estas de manera individual, lo que, de manera práctica se resume a que es posible sumar todos los puntos sustraídos y eliminarlos del saldo de puntos, lo que se traduce en que sí es posible perder 8 o más puntos e, incluso, llegar a perder todos los disponibles si se tratan de delitos viales muy graves.

Conductor Mayor Mayores Tercera Edad Anciano Teléfono Móvil Soporte Foto Fuente Dgt

¿Qué multas pueden llevar a perder todos los puntos del carnet?

Las infracciones recogidas como muy graves son aquellas dispuestas en el Artículo 77 de la Ley y, entre hasta las veinte que son descritas y expuestas «Infracciones graves», los que el citado apartado 4 del artículo 64 de la Ley de Seguridad Vial hace referencia son la de:

  • No respetar los límites de velocidad reglamentariamente establecidos o circular en
    un tramo a una velocidad media superior a la reglamentariamente establecida, de acuerdo
    con lo recogido en el anexo IV.
  • Incumplir la obligación de todos los conductores de vehículos, y de los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en algún accidente de tráfico o hayan cometido una infracción, de someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo.
  • Conducción temeraria.
  • Circular en sentido contrario al establecido.
  • Participar en competiciones y carreras de vehículos no autorizadas.
  • Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.
  • Aumentar en más del 50 por ciento los tiempos de conducción o minorar en más del 50 por ciento los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre.

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